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Actualización del alquiler según el índice ICL del BCRA Octubre 2024 - 237,90%

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Honorarios Mínimos Indicativos

TABLA DE HONORARIOS MINIMOS INDICATIVOS DEL COCICH ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES

De acuerdo a la Ley Provincial IV N°17 los honorarios que debemos cobrar como máximo es del 4% del monto total de contrato de locación, y en caso de que dicho inmueble tenga destino vivienda única familiar, será asumido en un 50% por el locador y el restante 50% por el locatario. Si no es vivienda única para el locatario, este deberá abonar el total de nuestros honorarios.

Para los contratos de renovación o prórroga de alquileres, se cobrará un máximo del 4% del monto total de contrato, los que serán abonados de igual forma que el anterior, es decir un 50% por parte del locador y el saldo del 50% por el locatario. Si no es vivienda única, el locatario abonará el total.

Los alquileres comerciales (locales y oficinas) tendrán como honorario mínimo un 5% del monto inicial del contrato por los meses de alquiler acordado (Se sugiere debe estar pre acordado a través de un presupuesto o por contrato quien lo abonará) Igual porcentaje se aplica para la renovación o prórroga de alquileres comerciales.

Los servicios administrativos de los inmuebles tendrán un cargo mínimo para el propietario del 7% del monto del alquiler mensual.

VENTAS

En las operaciones de Venta donde participemos como intermediarios, nuestros honorarios mínimos serán del 3% del valor total de la operación a cargo del Vendedor más el 3% a cargo del Comprador.

TASACIONES

Para las tasaciones urbanas y residenciales se tomará una base mínima de 20 Corredores inmobiliarios. Las tasaciones de inmuebles rurales, industriales y otros, tendrán un Honorario mínimo del 0,1% del valor total de tasación.

Por asamblea, se acordó para administración de alquileres temporarios cobrar honorarios del monto total del período locado el 20% (Se sugiere el 10% al locador y 10 % al locatario. Ambos más IVA según corresponda)

NOTA: todos los honorarios fijados en este documento no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Por lo tanto los Responsables Inscriptos deben agregar el IVA.

 

 IMPORTANTE

Tener en cuenta el nuevo valor del CORREDOR = $5.867.- por CAC acumulado del 1er semestre de 2024.

  • Valor cuota Matrícula = 3 CORREDORES (a partir del 01/07/2023 = $17.603)

  • Valor Inicial para ingreso de nuevos Matriculados = 60 CORREDORES (a partir del 01/07/2024= $352.032)

  • Multa impuesta por el Tribunal de Ética = 30 CORREDORES

NOTA: El valor del corredor se actualizará semestralmente con el índice que publica la Cámara Argentina de la Construcción (CAC).

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